La Ley 27.696 incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) la cobertura integral para personas víctimas de violencia de género, garantizando atención y apoyo en todas las áreas necesarias.
Línea 144
La Línea 144 ofrece atención telefónica especializada para mujeres y personas víctimas de violencia de género, las 24 horas, los 365 días del año. Es un servicio gratuito, anónimo y de alcance nacional.
Cobertura total e integral
El PMO incluye la cobertura completa de prácticas preventivas y terapéuticas para personas víctimas de violencia de género. Esto abarca:
- Terapias médicas, psicológicas y psiquiátricas.
- Tratamientos farmacológicos y quirúrgicos.
- Cualquier otra atención necesaria para su recuperación y bienestar.
Sujetos obligados a brindar cobertura
Quedan obligados a garantizar esta cobertura integral:
- Obras sociales reguladas por las leyes 23.660 y 23.661.
- Obra Social del Poder Judicial de la Nación.
- Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación.
- Entidades de medicina prepaga (Ley 26.682).
- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
- Instituto de la Obra Social de las Fuerzas Armadas.
- Entidades que brindan atención al personal de universidades (Ley 24.741).
- Agentes que ofrecen servicios médico-asistenciales, sin importar su figura jurídica.
Estas instituciones deben coordinar con programas nacionales, provinciales y locales para asegurar que la atención a las víctimas se realice de manera adecuada y siguiendo los protocolos establecidos.
¿Qué se entiende por violencia de género?
La violencia de género incluye cualquier conducta que atente contra:
- Tu vida.
- Tu libertad.
- Tu dignidad.
- Tu integridad física, psicológica o sexual.
- Tu situación económica.
- Tu seguridad personal.
- Tu participación política.
Para más información, consultá la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.
Autoridad de Aplicación
El Poder Ejecutivo Nacional designará la autoridad responsable de aplicar la Ley.
Vigencia
La Ley 27.696 entró en vigencia el 9 de noviembre de 2022, y sus disposiciones comenzaron a aplicarse a los 90 días de su publicación.
Líneas de emergencia públicas (24 hs):
- Línea 144: Atención a víctimas de violencia de género.
- Línea 137: Asistencia a víctimas de violencia familiar y sexual.
- Línea 149: Emergencias ANSV.
Emergencias Obra Social ELEVAR:
- 0800 333 0001
Consultas ambulatorias:
- 7700-5300


