VIOLENCIA DE GENERO

La Ley 27.696 incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) la cobertura integral para personas víctimas de violencia de género, garantizando atención y apoyo en todas las áreas necesarias.

Línea 144
La Línea 144 ofrece atención telefónica especializada para mujeres y personas víctimas de violencia de género, las 24 horas, los 365 días del año. Es un servicio gratuito, anónimo y de alcance nacional.

Cobertura total e integral
El PMO incluye la cobertura completa de prácticas preventivas y terapéuticas para personas víctimas de violencia de género. Esto abarca:

  • Terapias médicas, psicológicas y psiquiátricas.
  • Tratamientos farmacológicos y quirúrgicos.
  • Cualquier otra atención necesaria para su recuperación y bienestar.

Sujetos obligados a brindar cobertura
Quedan obligados a garantizar esta cobertura integral:

  • Obras sociales reguladas por las leyes 23.660 y 23.661.
  • Obra Social del Poder Judicial de la Nación.
  • Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación.
  • Entidades de medicina prepaga (Ley 26.682).
  • Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
  • Instituto de la Obra Social de las Fuerzas Armadas.
  • Entidades que brindan atención al personal de universidades (Ley 24.741).
  • Agentes que ofrecen servicios médico-asistenciales, sin importar su figura jurídica.

Estas instituciones deben coordinar con programas nacionales, provinciales y locales para asegurar que la atención a las víctimas se realice de manera adecuada y siguiendo los protocolos establecidos.

¿Qué se entiende por violencia de género?
La violencia de género incluye cualquier conducta que atente contra:

  • Tu vida.
  • Tu libertad.
  • Tu dignidad.
  • Tu integridad física, psicológica o sexual.
  • Tu situación económica.
  • Tu seguridad personal.
  • Tu participación política.

Para más información, consultá la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.

Autoridad de Aplicación
El Poder Ejecutivo Nacional designará la autoridad responsable de aplicar la Ley.

Vigencia
La Ley 27.696 entró en vigencia el 9 de noviembre de 2022, y sus disposiciones comenzaron a aplicarse a los 90 días de su publicación.

Líneas de emergencia públicas (24 hs):

  • Línea 144: Atención a víctimas de violencia de género.
  • Línea 137: Asistencia a víctimas de violencia familiar y sexual.
  • Línea 149: Emergencias ANSV.

Emergencias Obra Social ELEVAR:

  • 0800 333 0001

Consultas ambulatorias:

  • 7700-5300